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Decálogo de medidas para combatir la irregularidad administrativa de las personas migrantes

En un momento de crisis social, económica y sanitaria excepcional, el trabajo de las administraciones públicas, con el apoyo de la sociedad civil, debe estar enfocado con especial empeño en la inclusión social de todas las personas. Sobre todo de aquellas en situación de vulnerabilidad. En el caso de la población migrante, el objetivo de inclusión será difícilmente alcanzable si no va aparejado con una regularización de su situación administrativa

Las personas en situación irregular sufren una especial exposición a situaciones de exclusión social, explotación laboral y/o sexual, y muchas viven en circunstancias que suponen una clara y evidente vulneración de sus derechos humanos; problemas en el acceso a servicios sanitarios, dificultades para encontrar puestos de trabajo -necesarios para su subsistencia- en esta emergencia, ausencia de lazos sociales, carencia de prestaciones públicas ante la ausencia de ingresos… El Servicio Jesuita a Migrantes, con una trayectoria continuada acompañando y documentando casos e historias de personas migrantes, propone el siguiente decálogo de medidas urgentes, en base a mecanismos legales ya existentes, enfocadas a prevenir la irregularidad administrativa sobrevenida, fomentar la regularización de perfiles vulnerables o que tienen una relación laboral informal, y evitar que la irregularidad sea un obstáculo en los próximos meses para el respeto y defensa de los derechos humanos de las personas migrantes. 

  1. Como medida más urgente, que  el Ministerio de Interior dicte una instrucción, pública, a todas las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado para no incoar ningún procedimiento sancionador por infracción de la Ley de Extranjería basado en estancia irregular. Al menos hasta la finalización del plan de transición de la nueva normalidad anunciado por el Govern. De esta forma, las personas migrantes en situación irregular podrían salir a la calle sin temor a ser detenidas. 
  2. Conceder de forma acelerada todas las solicitudes de autorizaciones iniciales de residencia que no sean manifiestamente infundadas, así como las renovaciones de autorizaciones de residencia, que estén pendientes de tramitar. 
  3. Dictar un protocolo claro de regreso a España para todos aquellos extranjeros residentes legales que quedaron atrapados fuera de España, al decretarse el estado de alarma, o que salieron del país siguiendo las recomendaciones de los servicios consulares de su país de origen. 
  4. Con el objetivo de evitar irregularidades sobrevenidas,  flexibilizar, durante un período transitorio amplio no menor a 12 meses, los criterios del artículo 71 del Reglamento de Extranjería para la concesión de renovaciones de autorizaciones de residencia y trabajo. Rebajando los criterios de períodos mínimos de cotización y manteniendo un criterio flexible respecto a la necesidad de un contrato de trabajo en vigor. 
  5. Activar el mecanismo previsto en la Disposición Adicional Primera del Reglamento de Extranjería. Dictar criterios y procedimientos para otorgar autorizaciones de residencia de forma extraordinaria por las actuales circunstancias sociales
  6. Conceder de forma prioritaria y preferente las autorizaciones de residencia por razones humanitarias, aplicando de forma flexible el artículo 126.3 del Reglamento de Extranjería para otorgar este tipo de autorizaciones a aquellos extranjeros que no puedan volver a su país a tramitar el visado correspondiente debido a las circunstancias que vivimos. 
  7. Otorgar autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales y de interés público, haciendo una interpretación amplia y ajustada a las circunstancias actuales de “razones de interés público”, en aplicación del artículo 127 del Reglamento de Extranjería y el artículo 6.4 de la Directiva 2008/115/CE. 
  8. Conceder la prórroga a las autorizaciones por circunstancias excepcionales  con base en el artículo 130 del Reglamento de Extranjería y la Jurisprudencia reciente que reconoce la posibilidad de prórroga de todas las autorizaciones por circunstancias excepcionales. Valorando las dificultades para transitar a un tipo distinto de autorización de residencia y la repercusión que la irregularidad administrativa tendría en las circunstancias personales de una persona. 
  9. Consolidar los mecanismos jurídicos que eviten la irregularidad sobrevenida de jóvenes extutelados por una entidad pública. Que estas figuras jurídicas sean lo suficientemente flexibles para permitir tanto un proyecto formativo como una inserción en el mercado laboral. 
  10. Dictar órdenes en los cuerpos policiales encargados de documentación de extranjeros para que exista un  protocolo para reconocer la efectividad del silencio administrativo positivo en los procedimientos de renovación y se realice el trámite de documentación ágilmente.